Acordadas por la Asamblea General del Plan de Prestaciones el (24-09-2015).
Avaladas por el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social mediante Acuerdo No.1-SGA/2016 y Resolución No. 455-SGA/2.
Aprobadas por el Presidente de la República, mediante Acuerdo Gubernativo No. 272-2016 publicado en el Diario de Centro América el día 25 de enero de 2017, que dio vida jurídica a las siguientes reformas.
Adopción de nueva terminología en el Reglamento
Modificación a los porcentajes de la reserva financiera (70% inversión 30% otorgamiento prestamos)
Plazo para cargos en Junta Administradora y Vigilancia (Presidentes 2 años, miembros electos por Asamblea General 4 años)
Se adiciona la prescripción de derechos y acciones para exigir los beneficios que concede el Plan, los cuales prescriben en un plazo de 2 años, contados a partir de la fecha en que ocurra el hecho que da lugar a hacerlos efectivos. Caso contrario pasará a fondo común el aporte hecho por el trabajador durante su relación como miembro activo.