REGLAMENTO
MODIFICACIONES AL REGLAMENTO 891-90
Acdo.Gubernativo No. 534-93
Deroga Artículo 21 – Pérdida de jubilación por demanda contra la institución asuntos laborales –
Acdo. Gubernativo No.163-2008
Fija un mínimo de 14 años de contribución
Pensión máxima Q. 7,000.00
Nuevos porcentajes cuota laboral para trabajadores de primer ingreso
Acdo. Gubernativo No.52-2011
Incrementa un 2.42% a la cuota laboral
Elimina la pensión por vejez, sin tiempo mínimo de aportación
Modifica la pensión por retiro antes de la edad prevista
Modifica la política crediticia
ÚLTIMAS MODIFICACIONES
Decreto 272-2016
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Acordadas por la Asamblea General del Plan de Prestaciones el (24-09-2015).
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Avaladas por el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social mediante Acuerdo No.1-SGA/2016 y Resolución No. 455-SGA/2.
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Aprobadas por el Presidente de la República, mediante Acuerdo Gubernativo No. 272-2016 publicado en el Diario de Centro América el día 25 de enero de 2017, que dio vida jurídica a las siguientes reformas.
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Adopción de nueva terminología en el Reglamento
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Modificación a los porcentajes de la reserva financiera (70% inversión 30% otorgamiento prestamos)
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Plazo para cargos en Junta Administradora y Vigilancia (Presidentes 2 años, miembros electos por Asamblea General 4 años)
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Se adiciona la prescripción de derechos y acciones para exigir los beneficios que concede el Plan, los cuales prescriben en un plazo de 2 años, contados a partir de la fecha en que ocurra el hecho que da lugar a hacerlos efectivos. Caso contrario pasará a fondo común el aporte hecho por el trabajador durante su relación como miembro activo.